Para las personas
Facilitar el acceso a información sobre opciones de atención, condiciones, precios comunicados por los prestadores y disponibilidad declarada.
SAIS & Cia es una iniciativa orientada a facilitar la conexión entre personas que buscan servicios sanitarios y prestadores que desean informar sus servicios, disponibilidad, condiciones y alternativas de atención de manera organizada y transparente.
Esta presentación explica la propuesta, los actores, el recorrido de una solicitud, los modelos de participación, la estructura de gobernanza y las salvaguardas previstas para construir alianzas sostenibles en Paraguay.
SAIS busca reducir la fragmentación de información entre personas, profesionales, clínicas, centros de diagnóstico y otros prestadores, mediante un proceso organizado para solicitar, recibir y comparar alternativas de servicios sanitarios.
Facilitar el acceso a información sobre opciones de atención, condiciones, precios comunicados por los prestadores y disponibilidad declarada.
Ofrecer un canal organizado para responder solicitudes, presentar servicios, informar disponibilidad y desarrollar colaboraciones legítimas.
Explorar mecanismos de coordinación, información y colaboración con límites definidos, respetando las competencias y procedimientos de cada institución.
La información sanitaria puede encontrarse dispersa. Una persona puede necesitar conocer dónde se realiza un estudio, cuánto cuesta, cuándo hay disponibilidad, qué documentación se requiere o cómo solicitar una cotización.
Los datos sobre servicios, horarios, precios y requisitos pueden estar repartidos entre llamadas, mensajes, páginas y contactos individuales.
La búsqueda de opciones puede consumir tiempo de pacientes, familiares, profesionales y equipos administrativos.
Las respuestas pueden variar en formato, nivel de detalle, vigencia y claridad de las condiciones informadas.
| Actor | Necesidad | Contribución posible de SAIS | Condición de éxito |
|---|---|---|---|
| Paciente o solicitante | Encontrar información y alternativas. | Centralizar solicitudes y facilitar respuestas comparables. | Información clara, actualizada y libertad de elección. |
| Médico independiente | Conocer servicios disponibles y oportunidades profesionales. | Participación voluntaria y posibles colaboraciones profesionales lícitas. | Autonomía clínica, reglas transparentes y revisión de cualquier remuneración. |
| Clínica o centro diagnóstico | Recibir solicitudes y comunicar su oferta. | Canal estructurado para informar condiciones y responder cotizaciones. | Capacidad real, precios claros y cumplimiento regulatorio. |
| Hospital o entidad pública | Explorar coordinación institucional responsable. | Proyectos de cooperación sujetos a evaluación y autorización. | Competencia institucional, procedimientos formales y ausencia de conflictos. |
| Municipalidad | Evaluar iniciativas sanitarias para la comunidad. | Posibles proyectos, campañas o mecanismos de orientación. | Convenios válidos, presupuesto y procedimientos legalmente aplicables. |
La participación debe adaptarse a la función real de cada actor, a sus responsabilidades profesionales y a su situación jurídica.
Solicitan información, evalúan alternativas y deciden libremente si desean avanzar.
Participan en actividades permitidas sin perder independencia clínica ni confidencialidad.
Informan sus servicios, tarifas, condiciones, capacidad y disponibilidad.
Evalúan propuestas por sus canales oficiales, con autorización y control adecuados.
Recibe y organiza solicitudes, verifica que estén completas, consulta a prestadores participantes, registra respuestas y comunica información al solicitante conforme a las autorizaciones y reglas de privacidad.
Revisa la clasificación de participantes, documentación, conflictos de interés, contratos, autorizaciones, pagos, incidencias y trazabilidad de las operaciones.
El siguiente flujo describe un modelo operativo propuesto. Los pasos que dependan de integraciones, autorizaciones o módulos aún no implementados deben considerarse objetivos de desarrollo y no funciones garantizadas.
Desde la solicitud inicial hasta la decisión del paciente y el cierre administrativo.
La central organiza la comunicación entre la solicitud y los prestadores participantes. No sustituye las decisiones clínicas, las autorizaciones institucionales ni las obligaciones de cada establecimiento.
Registrar eventos administrativos relevantes, responsables, fechas y cambios de estado, con acceso restringido y conservación proporcional.
La persona que coordina cotizaciones no necesita automáticamente acceder a informes clínicos, diagnósticos o historiales completos.
Diferenciar los datos informados por el prestador de los que hayan sido verificados y de las condiciones todavía pendientes de confirmación.
Cada prestador debe conocer las reglas de participación, informar sus condiciones reales y conservar la responsabilidad sobre sus servicios, precios, personal y obligaciones regulatorias.
La clasificación no depende únicamente de la etiqueta "público" o "privado". Deben examinarse las funciones, los vínculos, la fuente de autoridad, los contratos, los conflictos de interés y las normas aplicables a cada persona y operación.
Profesionales y prestadores sin vínculo público relevante para la operación, sujetos a revisión de sus propias obligaciones profesionales y legales.
Personas con vínculo directo o indirecto con entidades públicas, o cuya función, influencia, información o capacidad de decisión pueda generar restricciones o conflictos.
| Materia | Privado independiente | Público o vínculo público relevante |
|---|---|---|
| Participación en SAIS | Voluntaria, sujeta a validación. | Voluntaria cuando sea compatible con las reglas aplicables y autorizaciones necesarias. |
| Comisión por referencia | Solo puede considerarse después de revisión jurídica y ética del modelo concreto. | Prohibida por política interna de SAIS para participantes cubiertos por el régimen reforzado. |
| Pago por servicio real | Posible con contrato, prestación efectiva y documentación. | Solo si es legal, autorizado, verificable y no depende de derivaciones ni de actos oficiales. |
| Decisión clínica | Debe ser independiente de cualquier incentivo comercial. | Debe ser independiente de cualquier interés privado y respetar las obligaciones del cargo. |
| Uso de recursos públicos | No corresponde, salvo autorización y fundamento legal específicos. | No utilizar para fines comerciales ajenos a la institución sin habilitación jurídica expresa. |
| Información institucional | Usar solo información legítimamente obtenida. | Respetar secreto, confidencialidad, finalidad y restricciones de acceso. |
| Documentación | Contrato, comprobantes, declaraciones y trazabilidad según corresponda. | Lo anterior, más revisión de vínculo, conflicto de interés, autorización y procedimiento institucional. |
La clasificación debe realizarse antes de habilitar pagos, incentivos, bonificaciones o comisiones. No debe resolverse únicamente por la declaración informal del participante.
La sostenibilidad puede construirse con modelos distintos. Cada fuente debe evaluarse de manera independiente, con contratos claros y sin condicionar decisiones clínicas ni el acceso legítimo a la atención.
Licencias, suscripciones o tarifas por herramientas administrativas, cuando el servicio exista, tenga valor real y se contrate voluntariamente.
Espacios comerciales claramente identificados, sujetos a reglas de publicidad sanitaria y sin presentarlos engañosamente como recomendaciones clínicas.
Implementación, integración, soporte, formación o consultoría con alcance definido y entregables verificables.
Proyectos de cooperación o servicios contratados por entidades que tengan competencia y autorización para celebrarlos.
Gestión de solicitudes, paneles, reportes operativos y otras prestaciones que no impliquen comercialización indebida de datos sensibles.
Solo podrán estudiarse para participantes y operaciones en que sean lícitas, éticamente aceptables, transparentes y debidamente aprobadas. Se excluyen por política SAIS para los participantes cubiertos por el régimen público reforzado.
La documentación final dependerá del tipo de participante, del servicio, del tratamiento de datos, del modelo económico y de las normas institucionales.
La gobernanza define quién decide, quién ejecuta, quién verifica y quién responde cuando una operación presenta un riesgo, una reclamación o un posible incumplimiento.
Define la estrategia, aprueba políticas, evalúa alianzas y supervisa que los objetivos comerciales sean compatibles con los principios de SAIS.
Revisa vínculos públicos, contratos, remuneraciones, conflictos de interés, documentación y operaciones de mayor riesgo.
Gestiona solicitudes, comunicación, respuestas, seguimiento y cierre, respetando permisos y procedimientos.
Administra accesos, medidas de seguridad, incidentes, minimización de datos y revisión de proveedores tecnológicos.
Verifica documentación de pagos, facturación, registros contables, obligaciones fiscales y conciliaciones.
Recibe quejas, registra incidentes, coordina respuestas y propone medidas correctivas, suspensión o terminación de una participación.
Ningún pago o ventaja comercial debe exigir un diagnóstico, tratamiento, prescripción o derivación que no responda al criterio profesional.
Las condiciones comerciales, los criterios de participación y las responsabilidades deben ser claros y documentables.
Solicitar y conservar solo los datos y documentos necesarios para la finalidad legítima de cada proceso.
Las decisiones importantes deben poder justificarse, revisarse y relacionarse con una persona o función responsable.
Los datos relativos a la salud pueden ser especialmente sensibles. El diseño de SAIS debe separar la coordinación administrativa de la gestión clínica y evitar accesos que no sean necesarios.
Las medidas siguientes son objetivos de diseño. Deben implementarse, probarse y documentarse antes de afirmar que están operativas.
Permisos por rol, cuentas individuales, revisión periódica y revocación de accesos innecesarios.
Contraseñas protegidas, medidas contra accesos indebidos y autenticación reforzada para funciones sensibles.
Registro proporcional de accesos, cambios de estado y acciones administrativas importantes.
Canales cifrados, almacenamiento seguro y evaluación del riesgo de cada categoría de datos.
Copias de seguridad protegidas, pruebas de restauración y procedimientos de continuidad.
Canal de reporte, evaluación de impacto, contención, documentación y notificación cuando corresponda.
SAIS debe operar mediante una revisión jurídica integral. Las normas y fuentes siguientes son referencias iniciales para la evaluación, no una conclusión definitiva de legalidad sobre cada funcionalidad o contrato.
Deben analizarse, entre otros, los riesgos relacionados con el ofrecimiento o recepción de beneficios por funcionarios públicos, el posible vínculo entre un pago y un acto de servicio, la utilización de influencia y la revelación de información reservada. La calificación depende de los hechos concretos y no únicamente del nombre comercial dado al pago.
Fuente oficial: Biblioteca y Archivo Central del Congreso Nacional — Código Penal
Es necesario revisar el régimen vigente aplicable a cada servidor público, incluyendo incompatibilidades, uso de autoridad, utilización de tiempo, recursos e información institucional, conflictos de interés y beneficios vinculados a contratos o actos en los que intervenga por razón de su cargo. Debe verificarse también la aplicación temporal, reglamentación y régimen especial de la institución o profesión.
Fuente institucional: Ministerio de Economía y Finanzas — Ley de la Función Pública y del Servicio Civil
Deben examinarse las reglas sanitarias que resulten aplicables al tipo de servicio, a las instituciones y a los prestadores. La participación en una plataforma no sustituye habilitaciones, requisitos sanitarios, responsabilidades profesionales ni controles de las autoridades competentes.
Fuente institucional: Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social — Código Sanitario
La Ley N.º 6534 se refiere específicamente a la protección de datos personales crediticios y contiene disposiciones sobre datos sensibles dentro de su ámbito. No debe presentarse como si fuera por sí sola un régimen integral y suficiente para todo tratamiento de datos clínicos. El abogado debe determinar el conjunto de normas aplicables a datos personales, información sanitaria, secreto profesional y tratamiento digital.
Fuentes oficiales: Biblioteca y Archivo Central del Congreso Nacional — Ley N.º 6534 · Sistema de Información Legislativa — Ley N.º 6534
Las alianzas que involucren compras, contratación de servicios, fondos, recursos o entidades sujetas al sistema de suministro y contrataciones públicas deben analizarse conforme al ámbito de aplicación y los procedimientos correspondientes. Un convenio de colaboración no debe utilizarse para evitar un procedimiento obligatorio.
Fuente: Poder Judicial — Digesto normativo de contrataciones públicas
Deben identificarse las normas profesionales, códigos de ética, reglamentos internos, contratos laborales, obligaciones de confidencialidad y reglas de incompatibilidad que correspondan a cada participante. La autorización de una persona no necesariamente reemplaza la autorización institucional ni elimina sus obligaciones profesionales.
La información sobre precios, disponibilidad, beneficios, resultados, habilitaciones y servicios debe ser verificable y no engañosa. La comunicación comercial debe distinguirse de la información clínica y de una recomendación independiente. La revisión legal debe identificar las normas específicas aplicables a cada modalidad publicitaria y sanitaria.
Los pagos deben tener una causa real y documentada, registrarse de forma correcta y cumplir las obligaciones tributarias aplicables. El tratamiento fiscal depende de la naturaleza del servicio, de las partes y de la legislación vigente; debe verificarse con un profesional contable.
Un conflicto puede existir incluso si no se ha producido una infracción. La finalidad de la evaluación es identificar riesgos antes de que afecten decisiones profesionales, institucionales o comerciales.
Existe una relación concreta entre el interés privado de una persona y una decisión o deber que debe cumplir.
Una relación o circunstancia podría convertirse en conflicto si cambian las funciones, los contratos o las decisiones involucradas.
Las circunstancias podrían generar dudas razonables sobre la independencia, la imparcialidad o la transparencia de una decisión.
Las alianzas públicas deben plantearse como iniciativas institucionales sujetas a evaluación formal, no como acuerdos personales de derivación de pacientes.
Una plataforma de coordinación debe tener un proceso para gestionar información incorrecta, quejas, fallas operativas, sospechas de fraude e incidentes de privacidad.
Asignar un identificador, registrar la fecha y clasificar la naturaleza de la incidencia.
Identificar si hay riesgo para una persona, datos sensibles, posible fraude, incumplimiento o interrupción del servicio.
Cuando corresponda, suspender publicaciones, pagos, accesos o actividades potencialmente dañinas mientras se investiga.
Revisar hechos y documentación, involucrando asesoría jurídica, técnica o sanitaria según la gravedad.
Comunicar la resolución por el canal adecuado, corregir los problemas y cumplir las obligaciones de notificación que resulten aplicables.
Documentar la resolución, preservar la evidencia necesaria y ajustar controles para reducir la probabilidad de repetición.
Los indicadores deben medir el funcionamiento y la calidad de la coordinación, no incentivar decisiones clínicas innecesarias ni premiar a profesionales por prescribir o derivar pacientes de manera impropia.
Tiempo entre la recepción de la solicitud y la primera respuesta válida.
Porcentaje de respuestas con precio, vigencia, condiciones y disponibilidad declarada.
Encuestas voluntarias de claridad, facilidad de uso y calidad de la coordinación.
Vigencia documental, actualización de datos y atención a reclamaciones.
Casos detectados, tiempo de resolución y medidas correctivas implementadas.
Porcentaje de incidencias corregidas y revisiones de proceso completadas.
La recomendación es avanzar por fases, validando los procesos antes de ampliar el alcance. Cada fase requiere responsables, documentación y criterios de aceptación.
Confirmar la entidad responsable, los servicios iniciales, el modelo de negocio, los criterios de elegibilidad, las reglas de remuneración y el marco normativo aplicable.
Preparar acuerdos con prestadores, declaraciones de conflictos, política de privacidad, procedimientos de reclamaciones y reglas de aprobación de pagos.
Probar un circuito acotado de solicitudes y respuestas, con datos mínimos, prestadores verificados y supervisión manual de los casos de riesgo.
Verificar estados, permisos, seguridad, documentación, precisión de cotizaciones, trazabilidad y experiencia de los participantes.
Incorporar nuevos prestadores y servicios de acuerdo con la capacidad técnica, los resultados de la prueba y la aprobación de los controles.
Actualizar políticas, revisar vínculos públicos, renovar documentación, analizar incidentes y ajustar el sistema ante cambios legales u operativos.
La matriz es una base de trabajo. Debe ampliarse mediante una evaluación específica del producto, los contratos, los servicios y las operaciones reales.
Riesgo: pagos vinculados a funciones públicas o a decisiones clínicas impropias. Control: clasificación previa, revisión jurídica, bloqueo de pagos dudosos y documentación verificable.
Riesgo: decisiones influidas por intereses económicos. Control: declaración, evaluación, abstención cuando corresponda y rechazo de conflictos no mitigables.
Riesgo: divulgación o acceso a información clínica sin fundamento. Control: minimización, permisos, seguridad, registro y procedimiento de incidentes.
Riesgo: precios o disponibilidad incorrectos. Control: vigencia visible, confirmación del prestador y corrección rápida.
Riesgo: presentar un presupuesto como garantía de cobertura, atención o resultado. Control: lenguaje claro, límites visibles y evidencia de las afirmaciones.
Riesgo: uso comercial de recursos, tiempo o información institucional sin autorización. Control: revisión del vínculo, separación de funciones y autorización formal cuando corresponda.
Riesgo: prestadores falsos, credenciales incorrectas o solicitudes maliciosas. Control: verificación documental proporcional, control de acceso y mecanismo de denuncia.
Riesgo: pérdida de acceso, fallas de proveedores o indisponibilidad. Control: planes de continuidad, copias, procedimientos manuales de contingencia y evaluación de proveedores.
Estas respuestas describen el modelo propuesto y deben ajustarse a las funcionalidades efectivamente implementadas y a los contratos definitivos.
La propuesta presentada es una plataforma de coordinación e integración de información y servicios. La actividad exacta que SAIS podrá realizar debe definirse conforme a su estructura jurídica, contratos, habilitaciones y normativa aplicable. No debe presentarse como prestador sanitario autorizado si no cuenta con los requisitos correspondientes.
No. El modelo propuesto preserva la libertad del paciente para comparar, pedir aclaraciones, elegir otra alternativa o no continuar. La participación en la plataforma no debe convertirse en una condición indebida para recibir atención.
SAIS puede evaluar un modelo comercial de remuneración para participantes privados independientes, pero no puede presumir que toda comisión sea lícita. Deben revisarse la naturaleza del servicio, la relación con la decisión clínica, las reglas profesionales, la transparencia y las obligaciones contractuales y fiscales.
Se aplica el régimen de conformidad reforzada de SAIS. No se habilitan comisiones personales por derivación para los participantes cubiertos por ese régimen. Cualquier otra colaboración remunerada requiere actividad real, fundamento jurídico, autorización cuando corresponda y remuneración independiente de referencias o actos oficiales.
No debe decidirse por una etiqueta genérica. Se evalúan las funciones, relaciones contractuales, facultades de decisión, influencia, acceso a información o recursos públicos y posibles restricciones legales. Cuando exista duda, se suspende la habilitación de comisiones hasta la revisión.
El modelo de gobernanza aquí propuesto no contempla pagos personales por derivaciones en el régimen público reforzado. Las iniciativas con instituciones públicas deben tramitarse como proyectos institucionales, mediante los procedimientos, autorizaciones y contratos que correspondan.
No necesariamente. La cotización debe indicar vigencia, condiciones y disponibilidad declarada. La prestación se confirma con el prestador y según los procedimientos aplicables.
Solo debe contemplarse cuando exista una finalidad definida, fundamento jurídico, autorización aplicable, controles de acceso y seguridad adecuados. La plataforma debe evitar recolectar o compartir información clínica innecesaria para una solicitud administrativa.
La central puede organizar información administrativa y comunicar alternativas disponibles. La indicación clínica debe corresponder al profesional habilitado y no estar condicionada por intereses comerciales.
Una oportunidad para evaluar una propuesta de coordinación, información o cooperación. No existe obligación de adhesión, contratación ni transferencia de datos. Cualquier colaboración dependerá de su utilidad, competencia institucional, revisión y autorización formal.
No. Esta página es material informativo y de presentación. Los derechos, obligaciones, tarifas, remuneraciones, responsabilidades, autorizaciones y condiciones de tratamiento de datos deben constar en los instrumentos contractuales correspondientes.
Solo podrá afirmarse que existe verificación cuando haya un procedimiento real, documentado y actualizado. El alcance de la verificación debe describirse con precisión y no confundirse con una garantía absoluta sobre todas las actividades del prestador.
SAIS & Cia invita a profesionales, clínicas, centros de diagnóstico, instituciones y organizaciones interesadas a conocer la propuesta, formular preguntas y evaluar posibilidades concretas de cooperación.
El primer contacto permite conocer las necesidades, identificar el tipo de colaboración y determinar qué documentación, evaluación jurídica y pasos técnicos serían necesarios. No implica compromiso automático de adhesión.
Conozca los criterios de participación, las condiciones de colaboración y el régimen que corresponde a su situación.
Evalúe la incorporación de servicios, la gestión de solicitudes y las condiciones comerciales aplicables.
Solicite una presentación institucional para evaluar proyectos mediante los procedimientos correspondientes.